INTRODUCCIÓN

Ten en cuenta que las políticas escolares sobre las cuestiones que podrían afectar el ejercicio de tus derechos en virtud de la Primera Enmienda varían entre un distrito y otro. Por lo tanto, debes consultar tu manual para estudiantes para obtener más información.

Enero de 2023


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¿QUÉ ES LA PRIMERA ENMIENDA?

A.¿QUÉ ES LA PRIMERA ENMIENDA?

A.

•    LIBERTAD DE CULTO
La libertad de culto es el derecho a profesar la religión que desees, o ninguna religión en absoluto, sin que el gobierno participe o promueva una religión.

•    LIBERTAD DE PRENSA
La libertad de prensa es el derecho a publicar y entregar información a otras personas.

•    LIBERTAD DE EXPRESIÓN
El derecho a la libertad de expresión te permite compartir tus opiniones, ideas y creencias, y expresarte libremente.

•    LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
El derecho a reunirte pacíficamente con otras personas significa que tienes el derecho de conformar un grupo y protestar de manera pacífica.

•    LIBERTAD DE PETICIÓN
El derecho de presentar una demanda contra el estado por infringir tus derechos y de abogar por la creación de leyes y políticas en las que crees.

LIBERTAD DE CULTO

A.LIBERTAD DE CULTO

A.

El derecho a la "libertad de culto" garantizado por la Primera Enmienda consta de dos partes. La primera es que el gobierno no puede hacer nada para promover una religión ni actuar con un propósito religioso. Esto significa que los funcionarios de las escuelas públicas, que forman parte del gobierno, deben ser imparciales con respecto a la religión y no pueden apoyar ideas religiosas ni imponerlas a los estudiantes. La segunda parte es que todos tenemos el derecho a profesar la religión que elijamos, o a no profesar ninguna, sin interferencia por parte del gobierno. En el contexto de las escuelas públicas, esto significa que los estudiantes tienen la libertad de profesar su religión siempre que no interrumpan las actividades escolares ni infrinjan los derechos de los demás. Esto incluye el uso de símbolos o vestimenta religiosos, hablar sobre sus creencias con otras personas e invitar a otros a unirse a grupos religiosos.

REZAR EN LA ESCUELA
En consonancia con los dos componentes de la libertad de culto que describimos más arriba, los estudiantes tienen derecho a rezar solos o en grupos de la misma religión y a hablar sobre sus creencias religiosas con sus compañeros, siempre que no provoquen alteraciones ni obliguen a otros estudiantes a participar. También pueden entregar textos religiosos en la escuela, siempre que respeten las normas escolares relativas a la distribución de material escrito.

Sin embargo, los funcionarios escolares, ya sean maestros o miembros del personal administrativo, tienen prohibido alentar o liderar los rezos de sus clases e intentar persuadir a los estudiantes para que participen en actividades religiosas. En un caso de Rhode Island, la Corte Suprema determinó que no se podía rezar en las ceremonias de graduación de las escuelas, ni siquiera las oraciones llamadas "no confesionales". Además, en un caso más reciente de dicho estado, un tribunal estableció que una escuela no podía tener un mural de oración que se exhibió durante muchos años en el auditorio de la escuela. Decirles a los estudiantes que no tienen la obligación de rezar o participar en otras actividades religiosas no es suficiente; la participación en dichas actividades no es asunto de las escuelas públicas.

ENSEÑAR RELIGIÓN
Aunque las escuelas no pueden promover las religiones, sí pueden enseñar sobre ellas. Por lo tanto, los estudiantes pueden estudiar religión en relación con su influencia en la historia, la literatura y la cultura. Sin embargo, al enseñarlas, los funcionarios escolares no pueden predicar sus creencias religiosas a los estudiantes, y las escuelas no pueden diseñar planes de estudios que promuevan una religión sobre las demás.

DECORACIONES DE DÍAS FESTIVOS
Con respecto a la época festiva, el principio rector es que el gobierno debe ser imparcial frente a distintas religiones, y también entre las religiones y el ateísmo. Entonces, no es apropiado promover festividades religiosas al incluir a todas las religiones en las celebraciones de la escuela, ya que muchos estudiantes no profesan ninguna religión, o bien adscriben a una que no tiene una época "festiva". Por supuesto, las escuelas pueden celebrar la época de las fiestas usando decoraciones, pero deben tener cuidado y no promover una religión en particular al enfatizar los símbolos festivos que tienen significado religioso. Sin embargo, probablemente estará bien usar decoraciones principalmente no religiosas. Por ejemplo, un pesebre no estaría permitido, pero una escena que incluya distintos elementos, como un árbol de Navidad, una menorá y copos de nieve sería legítima

LIBERTAD DE PRENSA

A.LIBERTAD DE PRENSA

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PERIÓDICOS PATROCINADOS POR LA ESCUELA
En 2017, la legislatura de Rhode Island aprobó una ley, llamada Student Journalists’ Freedom of Expression Act (Ley de la Libertad de Expresión del Periodismo Estudiantil), que promueve la prensa estudiantil libre y responsable en las escuelas. La ley revierte un desafortunado fallo de la Corte Suprema de 1988 (Hazelwood v. Kuhlmeier) que otorgaba a los funcionarios escolares mucho poder para censurar los periódicos estudiantiles "patrocinados por la escuela". El fallo Hazelwood tuvo un efecto muy grave en la prensa estudiantil de todo el país.  

Por el contrario, la ley de 2017 otorga a los estudiantes, y no a los administradores escolares, el derecho a decidir el contenido del periódico escolar y de otros medios de comunicación patrocinados por la escuela. Entonces, los estudiantes pueden escribir sobre temas controvertidos o poco populares sin exponerse a medidas disciplinarias ni censura. Por supuesto, algunos tipos de discurso, por ejemplo, la difamación o las obscenidades, siguen estando prohibidos en la escuela y otros lugares. La ley también prohíbe que las escuelas tomen medidas contra los consejeros escolares por proteger a los estudiantes periodistas contra la censura por parte de los administradores.

PERIÓDICOS INDEPENDIENTES
En el caso de las publicaciones no patrocinadas por la escuela, esta tiene incluso menos control. Las autoridades escolares no tienen derecho a revisar los contenidos de las publicaciones no oficiales antes de su distribución. Los estudiantes pueden repartir periódicos no oficiales en las instalaciones escolares antes y después de la escuela, incluso entre una clase y la siguiente, sujetos a restricciones razonables de tiempo, lugar y manera de distribución. Un proceso judicial de Rhode Island protege los derechos de los estudiantes, que pueden no solo repartir sino también vender periódicos no oficiales en la escuela. Además de las garantías de la Primera Enmienda, la ley de 2017 protege específicamente a "periodistas independientes", quienes no podrán ser sancionados por sus actividades.
DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL ESCRITO
Los estudiantes no necesitan autorización para llevar textos escritos (incluidos folletos, periódicos o anuncios) a las instalaciones escolares. Sin embargo, para repartirlos, los estudiantes deben respetar las normas legítimas de la escuela sobre la distribución de los materiales, y las restricciones de la escuela se deben aplicar de la misma manera para toda la literatura estudiantil no patrocinada por la escuela. Por lo general, las normas escolares que permiten repartir textos en los pasillos, pero no en los salones de clase, se consideran razonables. Además, las escuelas podrían exigir que los estudiantes repartan los folletos en lugar de dejarlos apilados para que los demás los agarren.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

A.LIBERTAD DE EXPRESIÓN

A.

Los estudiantes de las escuelas públicas tienen derecho a la libre expresión. Esto significa que, en general, tienen la libertad de expresar sus ideas y opiniones, aun cuando los funcionarios escolares u otros estudiantes piensen que son controvertidas y no les gusten. Criticar a la escuela o a sus maestros, o hablar sobre política, por ejemplo, son situaciones protegidas, tanto dentro como fuera de la escuela.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LA ESCUELA
Las expresiones de los estudiantes que se realizan en la escuela, en el autobús escolar o durante un evento escolar suceden "en la escuela". Un caso de la Corte Suprema de EE. UU. que sentó precedente, Tinker v. Des Moines (1969), estableció que los estudiantes tienen derecho a expresarse libremente en la escuela, a menos que exista la posibilidad de que generen una "alteración material y sustancial" de las clases o las actividades escolares, o que infrinjan los derechos de los demás.

Expresarse no genera una alteración material y sustancial simplemente porque llama la atención, molesta a algunas personas, es controvertido o no le gusta a un funcionario escolar. En el caso Tinker, por ejemplo, tres estudiantes de una escuela pública fueron suspendidos por usar bandas negras en el brazo, en señal de protesta contra la guerra de Vietnam. El tribunal decidió que los estudiantes no podían recibir medidas disciplinarias por expresar una idea de manera pacífica, porque su conducta (usar una banda en el brazo como forma simbólica de protesta) no alteraba las actividades escolares ni interfería con los derechos de los demás. Habiendo dicho esto, cabe aclarar que los funcionarios escolares pueden imponer restricciones razonables sobre cuándo, dónde y cómo se pueden realizar los actos de libre expresión, a fin de evitar la alteración de las actividades educativas.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN FUERA DE LA ESCUELA
Los funcionarios escolares tienen una capacidad limitada para castigar a los estudiantes por las ideas que expresan en su tiempo libre y fuera de la escuela.  Pueden sancionar a un estudiante por lo que dice fuera de la escuela únicamente si logran demostrar que provocará una alteración material y sustancial en el ámbito escolar o durante las actividades escolares. Podrás obtener más información sobre la libertad de expresión en el contexto de internet fuera de la escuela en la sección a continuación: "Preguntas y respuestas: la escuela, internet y los límites a la libertad de expresión."

JURAMENTOS Y PROMESAS
Las escuelas no pueden sancionar a los alumnos que se rehúsen a saludar a la bandera, recitar el Juramento a la bandera o ponerse de pie durante el Himno Nacional. En todos estos casos, los estudiantes pueden permanecer sentados y en silencio. Además, los estudiantes no tienen la obligación de dar a los funcionarios un motivo para no participar y no necesitan la autorización de sus padres para ejercer este derecho.

No se puede obligar a los estudiantes a realizar juramentos como requisito para la asistencia o participación en actividades patrocinadas por la escuela, incluida su participación en los equipos deportivos. En un caso, por ejemplo, la Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU) disputó con éxito la práctica de un distrito escolar de prohibir que los estudiantes participaran en actividades extracurriculares si se negaban a firmar un juramento en repudio al consumo de alcohol y drogas. Aunque la escuela podía exigir que los estudiantes aceptaran no consumir sustancias ilícitas, infringió sus derechos en virtud de la Primera Enmienda, porque, básicamente, los obligó a asumir una postura en el debate sobre la ilegalidad de las drogas.

DIFAMACIÓN, AMENAZAS O INCITACIÓN A LA VIOLENCIA
El derecho a la libertad de expresión que tienen los estudiantes y, en general, las personas particulares, tiene ciertas limitaciones. Históricamente, este derecho no incluye la expresión que insta directamente a la violencia ni las amenazas que pretenden causar a una persona miedo legítimo por su seguridad. La difamación (mentiras dichas oralmente o por escrito que provocan daño real a la persona objeto de ellas) y las obscenidades son otros temas que se han limitado históricamente.

DISCURSOS VIOLENTOS O DE APOLOGÍA A LAS DROGAS
 Los tribunales afirmaron que las escuelas pueden limitar el uso del lenguaje vulgar u obsceno por parte de los estudiantes en el campus. En 1986, un estudiante de escuela secundaria del estado de Washington impugnó su suspensión por usar alusiones sexuales en un discurso durante una asamblea escolar. El caso, llamado Bethel School District v. Fraser, llegó hasta lo más alto del ámbito jurídico: la Corte Suprema de EE. UU. La Corte afirmó que las escuelas podían aplicar medidas disciplinarias a los estudiantes por expresarse de manera vulgar o lasciva en entornos escolares inapropiados. En un caso llamado Morse v. Frederick, se suspendió a un estudiante por sostener un cartel que decía "Fumar pipa de marihuana por Jesús" en un evento patrocinado por la escuela. La Corte Suprema de EE. UU. afirmó que la escuela podía limitar la expresión del estudiante, porque promovía el consumo de sustancias ilegales y no incluía ninguna opinión seria sobre cuestiones sociales o políticas.

CENSURA
El derecho a la libertad de expresión incluye el acceso a la información y a las ideas. El fundamento es que la información es crucial para la libre expresión de las ideas. Esto significa que existen ciertos límites sobre lo que las escuelas pueden censurar.  Esto se aplica a los libros que se ofrecen en la biblioteca de la escuela y al software de filtrado que usan las escuelas.

CENSURA DE INTERNET
Por lo general, las computadoras de la escuela están equipadas con softwares de filtrado que previenen que los estudiantes accedan a contenido que los funcionarios consideran inapropiado para el entorno escolar. Desafortunadamente, estos filtros suelen restringir demasiado contenido, por ejemplo, prohíben el acceso a sitios que brindan información sobre la salud sexual o la identidad de género. Aunque ningún tribunal ha establecido si las escuelas pueden o no censurar el acceso a sitios web, la Corte Suprema de EE. UU. afirmó que internet es una forma de participación en los discursos masivos y está protegido contra la intromisión gubernamental. Esto sugiere que internet debería tener las mismas protecciones contra la censura que, por ejemplo, la biblioteca de la escuela.  

CENSURA DE LOS LIBROS DE LA BIBLIOTECA
El derecho a la libertad de expresión incluye el acceso a la información y a las ideas. En Board of Education v. Pico (1982), la Corte Suprema de EE. UU. afirmó que una escuela no puede quitar libros de la biblioteca simplemente porque no está de acuerdo con las ideas que estos expresan.

CENSURA DE LOS PLANES DE ESTUDIO
Con respecto a los textos que se usan en clase y los materiales de los planes de estudio, la autoridad de la escuela es muy amplia. Sin embargo, las leyes de Rhode Island prohíben la discriminación en el salón de clase y en las prácticas escolares, incluidas cosas como los estereotipos en los libros de texto y otros materiales de las clases.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS: LA ESCUELA, INTERNET Y LOS LÍMITES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
¿MI ESCUELA ESTÁ AUTORIZADA A VIGILAR O CENSURAR MI ACTIVIDAD EN LÍNEA FUERA DE LA ESCUELA?
Salvo por ciertas excepciones, tu escuela no puede censurar el contenido que publicas fuera del horario escolar si usas una casilla de correo electrónico o cuenta personal, una computadora privada y una conexión a internet también privada. Esto también incluye tu derecho a compartir información importante sobre la escuela o sus funcionarios en redes sociales o mediante tu correo electrónico personal.
En 2021, la Corte Suprema reafirmó esta idea cuando estableció en un fallo que una escuela pública de Pensilvania infringió la Primera Enmienda por sancionar a una estudiante por publicar un Snapchat un sábado, fuera de las instalaciones de la escuela. La escuela echó a la estudiante, Brandi Levy, del equipo de animación universitario juvenil después de que publicara un Snapchat en el que, junto a una amiga, aparecía mostrando el dedo mayor y que decía: "A la mierda la escuela, a la mierda el sóftbol, a la mierda la animación, a la mierda todo". En el fallo, la Corte afirmó que el Snapchat de la estudiante estaba protegido en virtud de la Primera Enmienda, ya que no se había publicado en las instalaciones escolares ni durante una actividad escolar, y tampoco había provocado una alteración sustancial.
Sin embargo, la Corte sugirió que los discursos fuera del campus podrían no estar protegidos si involucraban casos graves de acoso o amenazas a maestros y estudiantes, o si se realizaban con computadoras de la escuela. Por ejemplo, aquí en Rhode Island, el Departamento de Educación determinó que una escuela podía sancionar a un estudiante por escribir una canción con contenido sexual explícito sobre una maestra y publicarla en línea, luego de que otros estudiantes llevaran copias de la canción a la escuela.

Si tu publicación muestra que infringiste las normas de la escuela, podrás recibir sanciones. Por ejemplo, podrías meterte en problemas si publicas un video en el que se puede ver que tú y tus amigos fuman en la escuela. Por otro lado, representamos con éxito a un estudiante sancionado por compartir una fotografía en la que se veía a un maestro fumando en las instalaciones escolares, una actividad ilegal.

¿PODRÍA METERME EN PROBLEMAS POR ALGO QUE ENVÍO POR MENSAJE DE TEXTO O CORREO ELECTRÓNICO, O QUE PUBLICO EN LÍNEA, MIENTRAS ESTOY EN LA ESCUELA?
Como estudiante de una escuela pública, tienes el derecho constitucional a la libertad de expresión. Tienes derecho a expresar tus opiniones y creencias en la escuela, incluso si son controvertidas, siempre y cuando lo hagas de manera que no altere la clase u otras actividades escolares.

Habiendo dicho esto, si usas una computadora o casilla de correo electrónico de la escuela, los funcionarios escolares pueden vigilar tu actividad. Además, aquellas actividades que se realizan con computadoras, acceso a internet o cuentas de correo electrónico de la escuela y que infringen las políticas escolares, alteran el entorno de aprendizaje o infringen el derecho de los demás pueden tener como consecuencia la aplicación de medidas disciplinarias. Algunas escuelas también tienen normas que limitan el uso de los celulares durante la jornada escolar, y estas se pueden aplicar.

¿PUEDO METERME EN PROBLEMAS POR "SEXTEAR"?
En Rhode Island, el "sexteo" es ilegal para todas las personas menores de 18 años. Las leyes de Rhode Island definen esta palabra como la transmisión por teléfono celular u otro dispositivo similar de ciertas fotografías de ti mismo desnudo, en especial si incluyen contenido explícito de tus genitales o zona púbica. Si el sexteo provoca la alteración del entorno de aprendizaje de la escuela, podrán sancionarte.

Las leyes de Rhode Island establecen que el sexteo comprende una infracción por causa de estatus. Esto quiere decir que pueden enviarte a un tribunal de familia para que comparezcas ante un juez, pero no te enfrentarás a sanciones penales ni a una condena de prisión. Sin embargo, por la manera en la que está redactada la ley, técnicamente permite que los menores que sextean sean acusados de pornografía ilegal. La ACLU considera que este tipo de cargos puede impugnarse jurídicamente.

¿CUÁLES SON LAS LEYES QUE ABORDAN EL CIBERACOSO?
El acoso es un problema muy grave. Ningún estudiante tiene derecho a decir cosas, ya sea en línea o de otro modo, que te generen miedo razonable de que te lastimen a ti, a tus hermanos e incluso tus pertenencias. Sin embargo, la ACLU considera que la ley estatal que aborda el acoso usa un vocabulario tan amplio que podría usarse injustamente para limitar el derecho de libertad de expresión de los estudiantes. Esto se debe a que la definición del acoso (y el ciberacoso) en la ley de Rhode Island incluye todas las comunicaciones por parte de un estudiante que, entre otras cosas, provoquen "daño emocional" a otro estudiante, aun cuando no exista la intención de causar daño. La ley también permite que las escuelas castiguen a los estudiantes por "acoso" cometido tanto dentro como fuera de las instalaciones escolares, e incluso fomenta la intervención policial en muchos casos.
Si usas medios tecnológicos, incluidas las redes sociales, para amenazar a otros estudiantes o maestros, o para decir mentiras sobre ellos, podrías recibir sanciones disciplinarias de acuerdo con la política de tu escuela contra el acoso. Sin embargo, en algunos casos, el castigo por el ciberacoso podría infringir tus derechos constitucionales.  Comunícate con la ACLU de Rhode Island para recibir orientación si sientes que recibiste una sanción injusta.
    
PREGUNTAS Y RESPUESTAS: CÓDIGOS DE VESTIMENTA
¿PUEDO USAR PRENDAS DE VESTIR QUE TIENEN UN MENSAJE POLÍTICO O RELIGIOSO?
Sí. En el caso de 1969 Tinker v. Des Moines, uno de los casos más famosos sobre los derechos estudiantiles que se trataron en la Corte Suprema de EE. UU., la Corte estableció que los estudiantes tenían el derecho constitucional de usar una banda negra en el brazo en señal de protesta contra la participación de EE. UU. en la guerra de Vietnam. Desde ese entonces, los tribunales han reafirmado una y otra vez que los estudiantes tienen, generalmente, el derecho a expresar opiniones políticas mediante su vestimenta. Esto puede incluir, por ejemplo, vestir prendas que apoyan o critican a un político, o, en casos más recientes, usar camisetas con mensajes sobre los derechos de las personas homosexuales. Además, las escuelas no pueden prohibir que los estudiantes usen en la escuela prendas relacionadas con su religión, por ejemplo, el uso de hiyab de estudiantes musulmanas.

¿LA ESCUELA PUEDE RESTRINGIR CIERTOS MENSAJES EN MIS CAMISETAS?
Como regla general, las escuelas no pueden prohibir que uses ciertas prendas simplemente porque no están de acuerdo con el mensaje que estas expresan. Sin embargo, pueden prohibir que uses artículos con mensajes "indecentes" o de otro tipo que pueden provocar alteraciones.

Por supuesto, los estudiantes y los funcionarios escolares pueden no estar de acuerdo sobre qué causa una alteración y qué no. Por ejemplo, en 1998, la ACLU de Rhode Island impugnó con éxito la suspensión de un estudiante por usar una camiseta de una banda de rock con el número "666". Por otro lado, aunque el fallo podría haber sido distinto en la actualidad, un tribunal de Virginia estableció hace veinte años que una escuela tenía el derecho de prohibir el uso de una camiseta "vulgar" con la frase "las drogas apestan". Si crees que recibiste un castigo injusto por algo que usaste en la escuela, comunícate con la ACLU.

¿EN QUÉ MEDIDA PUEDE MI ESCUELA LIMITAR OTRAS COSAS QUE USO?
 La respuesta no es sencilla. En 1972, en un caso llamado Gardner v. Cumberland School Committee, el comisionado de Educación de Rhode Island estableció que los distritos escolares podían regular la vestimenta de los estudiantes solo en situaciones en las que "representa un peligro claro y presente a la salud y la seguridad del estudiante, provoca una alteración de las tareas escolares o genera desorden en el salón de clases o la escuela". En ese caso, el comisionado anuló una política escolar que prohibía que un estudiante llevara un abrigo de gran tamaño a la escuela.

Pero, en el caso de las políticas que, aparentemente, son menos arbitrarias (por ejemplo, prohibir todos los sombreros, no mostrar la ropa interior, o restricciones similares), los tribunales serán más propensos a respetar la determinación de la escuela sobre si la vestimenta altera las actividades escolares o interfiere con ellas. Sin embargo, si lo que usas se asocia con un mensaje social, político o religioso, los tribunales serán más comprensivos. Por ejemplo, en Pensilvania, la ACLU ganó un caso contra una política escolar que prohibía que los estudiantes usaran brazaletes de concientización sobre el cáncer de mama que decía "Amo las chichis".

¿MI ESCUELA PUEDE PROHIBIR "VESTIMENTA RELACIONADA CON PANDILLAS"?
Sobre la base de inquietudes registradas respecto de la seguridad y las alteraciones, una escuela podría prohibir prendas específicas que estuvieran directamente relacionadas con las actividades de pandillas. Sin embargo, toda política que aborde este tema debería estar redactada de manera clara y razonable, y debería mencionar específicamente qué cosas están prohibidas. Un tribunal federal de apelaciones anuló una política escolar que prohibía "actividades relacionadas con las pandillas, por ejemplo, el uso de 'colores', símbolos [o] señales", ya que la consideró lo suficientemente ambigua como para ser inconstitucional. En otro caso, un tribunal desestimó una política escolar sobre la vestimenta relacionada con pandillas que se aplicó a estudiantes que usaban un rosario en la escuela.

¿MI ESCUELA PUEDE SANCIONARME SI ME TIÑO EL CABELLO O SI TENGO PERFORACIONES CORPORALES?
En la década de 1970, un tribunal federal de apelaciones con jurisdicción sobre Rhode Island falló a favor de un estudiante a quien habían suspendido por infringir una ley que prohibía que los varones usaran el cabello largo. Podríamos exponer que los mismos derechos se aplican a los estudiantes que se tiñen el cabello. Por otro lado, podría considerarse que las perforaciones corporales no pertenecen al ámbito de las expresiones en la escuela protegidas por la constitución. Sin embargo, la ACLU considera que, para castigarte por tu peinado o tus perforaciones, la escuela debe demostrar que provocaban una alteración en la escuela o que generaban un riesgo válido a la salud o la seguridad.


¿MI ESCUELA ME PUEDE OBLIGAR A USAR UNIFORME?
No existe un caso directo sobre este tema en Rhode Island, pero la ACLU cree que obligar a los estudiantes a usar uniforme infringe su derecho a la libertad de expresión y las normas establecidas en el caso Gardner, mencionado anteriormente. Sin embargo, las escuelas pueden promover una política de uso voluntario de uniformes por parte de los alumnos, y varias escuelas de Rhode Island ya cuentan con una.

¿EXISTEN OTROS LÍMITES SOBRE LOS CÓDIGOS DE VESTIMENTA DE LAS ESCUELAS?
Sí. Los códigos de vestimenta que tienen un impacto discriminatorio sobre la base del sexo son probablemente ilegales. Por ejemplo, recientemente, un tribunal determinó que una escuela infringió una ley federal conocida como Título IX, que prohíbe la discriminación sobre la base del sexo en el ámbito educativo, al permitir que los varones, pero no las mujeres, usaran pantalones largos o cortos. Las pautas educativas estatales de Rhode Island también establecen específicamente que los estudiantes deben tener la posibilidad de vestirse de acuerdo con su identidad de género. Además, si un código de vestimenta prohíbe que los estudiantes usen sombrero en la escuela, probablemente sería ilegal prohibirles que se cubran la cabeza por motivos religiosos.

¿ME PUEDEN CASTIGAR POR PROTESTAR CONTRA LA POLÍTICA DE CÓDIGO DE VESTIMENTA DE MI ESCUELA?
Tienes el derecho de protestar de manera pacífica contra un código de vestimenta si consideras que es injusto o restrictivo, pero esto no quiere decir que puedas infringir la política o realizar otras actividades que estén prohibidas de manera legítima en la escuela. Al mismo tiempo, no te pueden aplicar medidas disciplinarias más severas por infringir una política simplemente porque lo hiciste a modo de protesta.

En un caso de Rhode Island, los estudiantes de la escuela secundaria Cumberland abandonaron la escuela un día a modo de protesta contra un nuevo código de vestimenta. Aunque la escuela tenía derecho a aplicar medidas disciplinarias a los estudiantes por irse y no asistir a las clases, aplicó suspensiones más prolongadas que si solo hubieran faltado a clase. El comisionado de Educación del estado sostuvo que era ilegal que los funcionarios escolares castigaran con más severidad a los estudiantes por faltar a clase para participar en una protesta política que si se hubiesen ausentado por otro motivo.

LIBERTAD DE ASOCIACIÓN

A.LIBERTAD DE ASOCIACIÓN

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GRUPOS Y CLUBES ESTUDIANTILES
En 1984, el Congreso aprobó la Equal Access Act (Ley de Acceso Igualitario), según la cual es ilegal que las escuelas prohíban que ciertos grupos dirigidos por estudiantes (incluidos los grupos religiosos) se reúnan después de la escuela si las instalaciones están disponibles para otros grupos dirigidos por estudiantes. Esto significa que pueden formar un club religioso o una alianza gay-heterosexual y tienen la libertad de reunirse en la escuela fuera del horario de clases si esta permite que otros tipos de clubes se reúnan en el campus.

PROTESTAS Y DEMOSTRACIONES
Debido a la posibilidad de que las protestas escolares provoquen alteraciones de las actividades escolares, los tribunales restringieron las manifestaciones de los estudiantes en las instalaciones de la escuela, especialmente si ocurren en el horario escolar o en un edificio de la escuela. En consecuencia, las escuelas pueden tener normas razonables que regulan el tiempo, el lugar y la manera en la que se pueden realizar manifestaciones. Fuera de la escuela, los estudiantes tienen el derecho de formar grupos y expresarse libremente, ya sea mediante marchas, protestas u otros tipos de manifestaciones pacíficas.  

Ten en cuenta que, si alientas a los estudiantes a faltar a clase, bloquear los pasillos o hacer mucho ruido mientras otros están estudiando, es probable que estas actividades se consideren alteraciones. Pero deberías tener la posibilidad de organizar una protesta pacífica y ordenada durante el almuerzo, o antes o después de clases.

LIBERTAD DE PETICIÓN

A.LIBERTAD DE PETICIÓN

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En términos generales, la "libertad de petición" hace referencia al derecho que tenemos a pedirle al gobierno que modifique cosas que no nos gustan, y a hacerlo sin miedo a sufrir represalias.  En concreto, esto significa que las personas tienen derecho a demandar al gobierno si hace algo que, a nuestro entender, es incorrecto y a abogar por la creación de leyes en las que creemos.

Cabe destacar que el derecho a la petición nos permite proteger nuestros demás derechos y presentar cargos cuando se infringen nuestros derechos. Sin este derecho, los casos mencionados en este folleto no podrían haber sido posibles.

El derecho a la petición también permite que la ACLU de RI se presente ante la Asamblea General de Rhode Island, el foro legislativo del estado, y muestre evidencia y argumentos a favor de la aprobación de leyes que protegen nuestros derechos, incluidos los de los estudiantes.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS: HUELGAS ESTUDIANTILES

A.PREGUNTAS Y RESPUESTAS: HUELGAS ESTUDIANTILES

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¿PUEDO RECIBIR SANCIONES DISCIPLINARIAS POR PARTICIPAR EN UNA HUELGA?
Debido a que la ley exige que asistas a la escuela, la administración puede aplicarte medidas disciplinarias si faltas a clase, incluso si no lo hiciste para participar en una protesta política. Sin embargo, existen dos limitaciones importantes sobre las sanciones que te pueden aplicar los funcionarios escolares. En primer lugar, una ley estatal prohíbe que las escuelas te apliquen una suspensión debido a que llegaste tarde o faltaste. La misma limitación se aplica si te vas de la escuela en señal de protesta.

Además, la escuela no puede castigarte con más severidad si faltas para participar en una protesta política que si lo haces por cualquier otro motivo. Por ejemplo, si la detención es la sanción habitual para las ausencias injustificadas, esta sería un castigo adecuado si te vas de la escuela para participar en una protesta. Sin embargo, la escuela no puede darte una detención más prolongada porque te fuiste de la escuela en señal de protesta, en comparación con simplemente faltar a una clase. También deberías tener los mismos derechos a hacer trabajo de recuperación que cualquier otro estudiante que tuvo una ausencia injustificada a las clases específicas a las que faltaste.

¿QUÉ DEBO HACER SI LOS FUNCIONARIOS ESCOLARES AMENAZAN CON BLOQUEAR LAS SALIDAS DE LA ESCUELA PARA EVITAR QUE LOS ESTUDIANTES SALGAN PARA PARTICIPAR EN UNA HUELGA?
Bloquear o cerrar las salidas de la escuela puede generar un grave riesgo para la salud y la seguridad de los estudiantes y el personal. Si los miembros de la administración de la escuela amenazan con cerrar las puertas para evitar que los estudiantes se vayan, estos deben notificar a sus padres y a la oficina del superintendente del distrito de inmediato.